Las deducciones si eres propietario, has vendido o alquilado vivienda:
Si vendiste tu vivienda habitual y reinviertes el importe en una nueva, o si eres mayor de 65 años, la ganancia patrimonial está exenta de tributar en el IRPF.
Para propietarios que hayan realizado reformas: Las obras para mejorar la eficiencia energética (ventanas, aislamiento, placas solares) te permiten deducir entre un 20% y un 60% de la inversión en tu cuota estatal.
Para Inquilinos menores de 35 años, viudo/a, o tienes discapacidad, puedes deducirte el 10% del alquiler (hasta 300€ o 600€) en la parte autonómica de Cataluña.
La Ley de Vivienda y el Decreto Ley 5/2025 de la Generalitat de Catalunya han cambiado los impuestos tanto para quienes poseen una vivienda como para quienes han comprado o alquilan. En Vivendex, te ofrecemos un Manual para Propietarios, Compradores y Arrendatarios en Barcelona y Reus.
Las claves fiscales para la Renta 2025 en Cataluña
El ejercicio 2025 ofrece 4 pilares fundamentales de ahorro fiscal que todo contribuyente catalán debe conocer antes de preparar el borrador de la renta:
- Las deducciones por eficiencia energética permiten recuperar hasta un 60% de la inversión en reformas que mejoren el aislamiento o reduzcan el consumo de energía no renovable, siempre que el certificado energético final se emita antes de 2026.
- Los inquilinos en Cataluña cuentan con una deducción autonómica actualizada que eleva el límite a los 500 euros anuales (1.000 euros para familias numerosas o monoparentales), bajo un umbral de renta más flexible de 30.000 euros.
- Los propietarios de viviendas en alquiler en zonas tensionadas como Barcelona y Reus pueden beneficiarse de una reducción de hasta el 90% sobre el rendimiento neto si han aplicado rebajas en el precio del alquiler del 5% respecto al contrato anterior.
- Para los compradores jóvenes de hasta 35 años, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se mantiene en un tipo reducido del 5% para su primera vivienda habitual, facilitando el acceso al mercado en un entorno de precios al alza.
Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas
La sostenibilidad ya no es solo un imperativo ético o ambiental, sino el mayor vector de ahorro fiscal para los propietarios en 2025. Las deducciones estatales por rehabilitación energética, prorrogadas para este ejercicio, se dirigen a quienes han decidido reformar su vivienda habitual o una propiedad destinada al alquiler.
Estructura técnica de las deducciones estatales
El Manual de la Renta 2026 detalla tres modalidades de deducción en función del impacto real de la obra en el comportamiento energético del inmueble:
| Tipo de deducción | Porcentaje | Base máxima anual | Requisito de mejora certificada |
| Reducción de demanda térmica | 20% | 5.000 € | Reducción mínima del 7% en demanda de calefacción/refrigeración |
| Mejora del consumo de energía | 40% | 7.500 € | Reducción del 30% de energía primaria no renovable o letra A/B |
| Rehabilitación integral edificio | 60% | 5.000 €* | Reducción del 30% del consumo del bloque completo o letra A/B |
* En la modalidad del 60%, el límite acumulado es de 15.000 euros, permitiendo deducir el exceso en los 4 ejercicios siguientes.

Comparativa de porcentajes de deducción y bases máximas anuales según el tipo de reducción energética conseguida.
Para que un propietario de un piso en Barcelona o una casa en Reus pueda aplicar estas cuantías, debe contar con 2 Certificados de Eficiencia Energética (CEE): uno previo a la reforma (con una antigüedad máxima de 2 años) y otro posterior a la finalización de las obras, con fecha de emisión anterior al 1 de enero de 2026.
La base de la deducción comprende no solo el coste de las ventanas de rotura de puente térmico o la instalación de aerotermia, sino también los honorarios del técnico, la dirección de obra y el coste de los propios certificados.
Estas deducciones no se limitan a la vivienda habitual: Los propietarios con inmuebles alquilados como vivienda permanente (o en expectativa de alquiler antes de finales de 2025) pueden aplicar estos beneficios, pero las ayudas públicas recibidas por programas de rehabilitación deben restarse de la base de la deducción, ya que no se puede obtener un doble beneficio sobre la misma cantidad invertida.
El nuevo régimen fiscal para el alquiler en Cataluña: Propietarios e Inquilinos
El año 2025 consolida los cambios introducidos por la Ley de Vivienda estatal y los ajustes autonómicos del Decreto Ley 5/2025.
El objetivo es doble: proteger al inquilino mediante deducciones más directas y presionar al propietario para que contenga las rentas en zonas tensionadas.
Deducciones autonómicas para el inquilino en Cataluña
La Generalitat ha actualizado la deducción por alquiler de vivienda habitual para adaptarla a la realidad económica de Barcelona y otras zonas metropolitanas.
El Decreto Ley 5/2025 ha introducido tres cambios fundamentales: se amplía la edad de los jóvenes beneficiarios, se aumenta el tope de renta y se elevan las cuantías máximas a desgravar.
La deducción permite restar de la cuota autonómica el 10% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, siempre que se cumpla alguno de los siguientes requisitos personales a 31 de diciembre de 2025:
Tener 35 años o menos (anteriormente el límite era de 32 años).
Haber estado en situación de desempleo durante al menos 183 días durante el ejercicio.
Tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.
Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
Ser víctima de violencia machista (colectivo con beneficios incrementados).
| Perfil del Contribuyente | Cuantía Máxima Individual | Cuantía Máxima Conjunta | Límite de Renta (Base Imponible) |
| General (Jóvenes, desempleados, etc.) | 500 € | 1.000 € | 30.000 € (Indiv) / 45.000 € (Conj) |
| Familias Numerosas o Monoparentales | 1.000 € | 1.000 € | 30.000 € (Indiv) / 45.000 € (Conj) |
| Víctimas de Violencia Machista | 1.000 € (20%) | 1.200 € (25%) | 30.000 € (Indiv) / 45.000 € (Conj) |
El contrato de alquiler debe estar registrado en el INCASÒL y que se incluyan los datos del arrendador (NIF) en la casilla correspondiente del borrador de la renta.
En Barcelona, donde los precios medios de alquiler superan los 1.000 euros mensuales, la mayoría de los inquilinos que cumplan los requisitos de renta alcanzarán el tope máximo de la deducción de 500 euros con apenas 5 meses de renta pagada.
Reducciones para el arrendador en zonas tensionadas
Para los propietarios de viviendas en Barcelona y Reus, ciudades declaradas zonas de mercado residencial tensionado, el sistema de incentivos fiscales ha cambiado radicalmente desde el 1 de enero de 2024.
La antigua reducción general del 60% ha dado paso a un sistema de bonificaciones variables que depende del comportamiento del propietario y del perfil del inquilino.
Reducción del 90%: Es el “premio” máximo. Se aplica cuando el propietario firma un nuevo contrato en zona tensionada y rebaja el precio más de un 5% respecto a la última renta del contrato anterior (una vez aplicada la subida anual legal).
Reducción del 70%: Aplicable si es la primera vez que se alquila la vivienda en zona tensionada y el inquilino tiene entre 18 y 35 años, o si se alquila a entidades públicas para alquiler social.
Reducción del 60%: Reservada para viviendas que hayan sido objeto de una rehabilitación energética finalizada en los dos años anteriores a la firma del contrato.
Reducción del 50%: Es el tipo por defecto para cualquier otro alquiler de vivienda habitual que no encaje en los supuestos anteriores.
Para los propietarios que mantienen contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, existe un régimen transitorio que permite seguir aplicando la reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo.
Los arrendadores de Vivendex en Reus y Barcelona deben analizar si les compensa financieramente bajar un 5% la renta para acceder a la reducción del 90% del IRPF, ya que el ahorro fiscal puede ser muy superior a la pérdida de ingresos por alquiler.
Transmisiones Patrimoniales: La compra de vivienda en Cataluña en 2025
La adquisición de una propiedad de segunda mano en Cataluña durante el ejercicio 2025 está sujeta a la nueva escala progresiva del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), aprobada en el Decreto Ley 5/2025 para reforzar la progresividad fiscal y combatir la especulación inmobiliaria.
Nueva tarifa progresiva del ITP
A diferencia del tipo fijo anterior, el ITP en Cataluña ahora se calcula por tramos según el valor del inmueble, lo que afecta directamente al presupuesto de compra de viviendas de gama media y alta en Barcelona.
| Valor total del inmueble (euros) | Tipo impositivo aplicable |
| Hasta 600.000 € | 10% |
| Entre 600.001 € y 900.000 € | 11% |
| Entre 900.001 € y 1.500.000 € | 12% |
| Superior a 1.500.000 € | 13% |
Este sistema implica que una compraventa en la zona alta de Barcelona por valor de 1.000.000 de euros tributará al 10% por los primeros 600.000 euros, al 11% por el tramo hasta 900.000 y al 12% por los últimos 100.000 euros. Además, para los inversores considerados “grandes tenedores“, el impuesto se dispara hasta un tipo agravado del 20%, salvo que el inmueble se destine a vivienda habitual propia o de familiares.
Guía del vendedor en Barcelona
Apoyo a la emancipación: El ITP reducido del 5%
Desde 2025, cualquier persona de hasta 35 años que adquiera su vivienda habitual puede acogerse a un tipo reducido de ITP del 5%, siempre que su base imponible en la última declaración de la renta no supere los 36.000 euros.
Este límite de edad se ha elevado desde los 32 años previos, abriendo la puerta al ahorro a miles de compradores en Barcelona y Reus.
El mismo tipo reducido del 5% se aplica a familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad superior al 65% y víctimas de violencia machista, cada colectivo con sus requisitos específicos de renta.
Guía alquiler temporal y por habitaciones en Cataluña
Obligaciones y beneficios para el vendedor: IRPF y Plusvalía Municipal
Vender una vivienda en 2025 en Cataluña genera una ganancia (o pérdida) patrimonial que debe declararse en el IRPF. La optimización fiscal para el vendedor de Vivendex consiste en aplicar correctamente todos los gastos deducibles para reducir la base imponible y conocer las exenciones por reinversión o edad.
Cálculo de la ganancia patrimonial
La ganancia neta es la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. Para que este cálculo sea favorable, el vendedor debe sumar al valor de adquisición inicial todos los gastos de compra (notaría, registro, ITP/IVA) y las mejoras estructurales realizadas en la vivienda que puedan justificarse con facturas. Del valor de venta, se pueden restar la comisión de la inmobiliaria (Vivendex), los gastos de cancelación de hipoteca y el pago de la plusvalía municipal.
Tramos de tributación de la ganancia patrimonial en 2025:
Hasta 6.000 €: 19%
De 6.001 € a 50.000 €: 21%
De 50.001 € a 200.000 €: 23%
De 200.001 € a 300.000 €: 27%
Más de 300.000 €: 28%.
Exenciones para Mayores de 65 años y por Reinversión
Para eliminar el pago del IRPF tras la venta de vievinda, disponemos de la exención por reinversión en vivienda habitual: si el vendedor utiliza el dinero obtenido en la venta de su residencia principal para comprar otra vivienda habitual en un plazo máximo de dos años, no tributará por la ganancia. Si la reinversión es parcial, la exención también lo será.
La exención total para mayores de 65 años implica que no tienen que tributar por el IRPF. Si venden un inmueble que no es su vivienda habitual (como una segunda residencia en la Costa Daurada), pueden evitar el impuesto si destinan hasta un máximo de 240.000 euros a constituir una renta vitalicia en un plazo de 6 meses.
Herencias y Donaciones en Cataluña: Vivienda y Sucesión Familiar
La transmisión de la vivienda por herencia o donación en Cataluña está regulada por una normativa propia que ofrece reducciones para los parientes más cercanos (Grupos I y II):
Reducción del 95% por vivienda habitual en herencias
En el Impuesto sobre Sucesiones (ISD), los herederos (cónyuge, hijos, padres) pueden aplicar una reducción del 95% sobre el valor de la vivienda habitual de la persona difunta, con un límite de 500.000 euros para el valor conjunto del inmueble.
Esta reducción exige que el heredero mantenga la propiedad en su patrimonio durante un periodo de 5 años, aunque este plazo puede interrumpirse si el heredero fallece o si se trata de una vivienda subrogada.
Donaciones de padres a hijos para la compra de vivienda
La normativa catalana permite una reducción del 95% sobre el importe donado de dinero destinado a la compra de la primera vivienda habitual.
Límite máximo: 60.000 euros con carácter general, ampliable a 120.000 euros si el hijo tiene una discapacidad superior al 65%.
Novedad 2025: El Decreto Ley 5/2025 ha ampliado de tres a seis meses el plazo para que el hijo adquiera la vivienda tras recibir el dinero, otorgando mayor flexibilidad en el proceso de búsqueda y negociación.
Requisitos: El hijo debe tener 36 años o menos y su base imponible en renta no puede superar los 36.000 euros. La donación debe formalizarse necesariamente en escritura pública ante notario.
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Preguntas sobre la Renta 2025
¿Puedo deducir el IBI de mi vivienda habitual?
No de forma directa en la declaración de la renta si es para uso propio. Sin embargo, si la vivienda está alquilada, el IBI es un gasto deducible que se resta de los ingresos íntegros para calcular el rendimiento neto sobre el cual se aplican las reducciones del 50%, 60%, 70% o 90%.
He instalado placas solares en mi casa de Reus, ¿qué porcentaje puedo desgravar?
Si la instalación de paneles fotovoltaicos logra una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable (acreditado por el CEE), podrá deducirse el 40% de la inversión con un tope de 7.500 euros anuales. Si no se alcanza ese porcentaje, podría entrar en la deducción del 20% si reduce la demanda de calefacción/refrigeración al menos un 7%.
¿Qué ocurre si compro una vivienda compartida y solo uno de nosotros es joven?
En Cataluña, la tributación es individual. Si una pareja compra un piso al 50% y solo uno de los miembros tiene menos de 35 años y cumple los requisitos de renta, esa persona pagará un 5% de ITP sobre su mitad de la base imponible, mientras que la otra persona tributará al tipo general del 10% (o la escala progresiva correspondiente) sobre su parte.
¿Es obligatoria la ITE para vender un piso en el centro de Barcelona?
Sí, si el edificio tiene más de 45 años de antigüedad. No solo es un requisito legal para la firma de la escritura, sino que proporciona una garantía esencial al comprador sobre la solidez estructural de la finca.
¿Puedo aplicar la deducción por alquiler si comparto piso?
Sí, siempre que su nombre conste en el contrato de arrendamiento y cumpla los requisitos de edad, renta o situación personal. En este caso, la deducción se prorrateará entre todos los titulares del contrato que tengan derecho a ella, sin que la suma total exceda los límites de la vivienda (600-1000 euros según el caso).
¿Qué se considera “vivienda habitual” para Hacienda en 2025?
Una vivienda es habitual si el contribuyente reside en ella durante un plazo continuado de tres años. Sin embargo, existen excepciones por causas justificadas como matrimonio, separación, traslado laboral o fallecimiento. Además, debe ser habitada de forma efectiva y permanente en un plazo de doce meses desde su adquisición.
Si durante 2025 has comprado, vendido o alquilado vivienda en Barcelona o Reus, consúltanos.
En Vivendex te informaremos sobre los beneficios fiscales a los que puedes acceder y te ayudaremos a calcular el importe final que te podrás descontar.




