¿Cuánto cuesta registrar un piso en Barcelona?


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    Calculamos cuánto cuesta inscribir en el Registro de la Propiedad un piso en Barcelona.

    Las tarifas para registrar un piso en Barcelona, se rigen por el Real Decreto 1427/1989 de aprobación de aranceles de los Registradores de la Propiedad. Esto quiere decir, que el importe a pagar por este concepto, será el mismo en todo el Estado.

    Para calcularlo, hay que tener en cuenta el valor escriturado de la vivienda. El Registro de la Propiedad, posee una tasa regresiva. Esto quiere decir, que a mayor valor de la vivienda, menor porcentaje a aplicar. En cualquier caso, el precio del registro nunca podrá ser inferior a 24,04 euros, ni superior a 2.181,67 euros.

    Para calcular lo que tendremos que abonar a la hora de registrar un piso en Barcelona, tendremos que seguir la siguiente tabla:

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    Otros costes de registrar un piso en Barcelona

    Sin embargo, antes de inscribir una vivienda, tendremos que liquidar los impuestos correspondientes en función del modo de transmisión de la vivienda. En el Registro nos solicitarán la Escritura de la vivienda y el justificante de pago de la Plusvalía Municipal. Además, en función del modo en que haya sido transmitida la vivienda, también nos pedirán el justificante de pago de los impuestos correspondientes:

    • Compraventa: justificante de pago del IVA (en viviendas nuevas) o justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en viviendas de segunda mano).
    • Herencia: justificante de pago del Impuesto de Sucesiones.
    • Donación: justificante de pago del Impuesto de Donaciones.

    Puedes calcular lo que tendrás que abonar por la Plusvalía Municipal y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones a través de la página de Vivendex:

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    Cambiar de nombre un piso con hipoteca

    Si el piso en Barcelona que se quiere cambiar de titularidad en el Registro, se trata de un piso hipotecado, será necesario subrogar o cancelar la deuda pendiente.

    Para subrogar la hipoteca de una vivienda, deben coincidir el importe pendiente de pago del propietario, con el importe que necesita solicitar el comprador para hacerse cargo de la subrogación. En este caso, el comprador aceptaría las condiciones del préstamo hipotecario que poseía el propietario anterior.