cómo hacer un contrato de compraventa

Cómo hacer un Contrato Privado de Compraventa


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    A la hora de vender un piso en Barcelona, uno de los pasos previos a la firma de la Escritura Pública, corresponde a la elaboración del contrato privado de compraventa. A pesar de que este documento no es obligatorio para formalizar la transmisión, sí que se trata de un mecanismo muy utilizado, sobre todo, en grandes ciudades como Barcelona con el fin de asegurar la operación.

    Además, los contratos privados suponen una práctica muy habitual en aquellas compraventas en las que interviene un promotor inmobiliario.

    Qué es un contrato privado de compraventa

    Pero, ¿Qué es exactamente un contrato privado de compraventa? Pasemos a responder a una de las preguntas más habituales a la hora de vender piso en Barcelona.

    Un contrato privado de compraventa, es un documento privado y bilateral, en el que se transfiere la propiedad de un inmueble a cambio de una cantidad de dinero previamente acordada. Se trata de un documento perfectamente válido para formalizar un negocio como una compraventa inmobiliaria, por lo que las partes intervinientes estarán obligadas legalmente a cumplir con su contenido, a menos que este sea contrario a lo establecido por la ley.

    Debido precisamente a su validez jurídica, es muy importante informarse y entender cada una de las cláusulas expuestas antes de proceder con la firma.

    Antes de proceder a detallar los elementos que debe contener todo contrato privado de compraventa, conviene aclarar las diferencias existentes entre este documento y una Escritura Pública.

    Contrato Privado vs. Escritura Pública

    Todo contrato privado de compraventa, deberá incluir la siguiente información:

    1. Identificación de la parte vendedora

    La parte vendedora del contrato, deberá identificarse correctamente para la firma.

    Si un propietario particular no puede presentarse físicamente, deberá acudir un representante legal convenientemente apoderado. Si el propietario ha dado un poder notarial a otra persona, esta deberá presentar una copia notarial autorizada antes de proceder con la firma. En ningún caso se podrá presentar únicamente una simple fotocopia.

    En caso de que la vivienda que se vaya a vender sea una vivienda ganancial, el contrato privado deberá firmarse por cada uno de los cónyuges.

    Si por el contrario el vendedor es un promotor inmobiliario, será este el encargado de firmar por la parte vendedora. También podrá hacerlo el administrador o el apoderado de la sociedad.

    Si la propiedad objeto de la venta se trata de una vivienda heredada, es conveniente asegurarse de que todos los herederos tienen la documentación en regla para la venta y que son los únicos herederos con derechos sobre la misma.

    2. Precio de la vivienda

    En el contrato se deberá especificar, tanto el precio final por el cual se transfiere el inmueble, como el método elegido para hacerlo. La vivienda podrá ser abonada por completo en el momento de la firma o bien mediante pagos aplazados después del otorgamiento de la escritura pública.

    Si se ha realizado un contrato de arras antes de la elaboración del contrato privado, también deberá especificarse.

    Otro dato importante a incluir en el caso de las viviendas de protección oficial, es el precio máximo de venta establecido por la comunidad autónoma.

    3. Gastos de la compraventa

    A menos que en el contrato de compraventa se especifique lo contrario, los gastos generados por la venta, deberán repartirse de la siguiente manera:

    • Vendedor: asumirá el pago de la Plusvalía Municipal y la copia original de la Escritura de Compraventa.
    • Comprador: cada una de las copias necesarias del contrato de compraventa, los gastos de inscripción registral y el resto de los impuestos.

    4. Cargas de la vivienda

    Es muy importante comprobar si existen cargas sobre la vivienda objeto de venta. Por ejemplo, cargas hipotecarias o posibles embargos. Para ello, se debe solicitar una nota simple informativa al Registro de la Propiedad.

    Si el piso se encuentra dentro de una comunidad de vecinos, habrá que comprobar también que se está al corriente de las cuotas comunitarias contactando ya bien sea con el presidente o con el administrador de la comunidad.

     

    Antes de firmar ningún tipo de contrato, es importante comprobar que las cláusulas son comprendidas y aceptadas por cada una de las partes intervinientes. La tramitación de viviendas a través de agencias inmobiliarias especializadas como Vivendex, garantiza que tus transacciones inmobiliarias sean realizadas siempre, con la seguridad jurídica que una operación de tal envergadura se merece. ¡Llámanos al 93 418 49 48!