Para eliminar a un titular de la escritura de una vivienda, existen tres alternativas diferentes: la compraventa, la donación y la extinción de condominio.
Cuando compramos un piso en Barcelona entre dos o más personas, puede ocurrir que en algún momento de nuestra vida tengamos la necesidad de sacar a un titular de la Escritura de la vivienda. Se trata de una situación muy común en casos de divorcio, aunque también suele darse en herencias.
A la hora de eliminar a un titular de la Escritura de una vivienda, podemos optar por tres vías diferentes, cada una de ellas, con unos gastos asociados:
Compraventa
El titular que se queda con la vivienda, tendría que adquirir la parte del otro titular mediante una compraventa convencional. Además del dinero pactado por la compra de la parte proporcional de la vivienda, el comprador tendría que asumir los siguientes gastos:
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: en Cataluña, un 10% sobre el valor escriturado para viviendas de hasta 1.000.000 de euros
- Gastos de Notaría
- Registro de la Propiedad
La parte vendedora, por su parte, tendría que hacer frente al pago de la Plusvalía Municipal y declarar la ganancia patrimonial obtenida en su declaración de la renta.
Ejemplo: si cuando adquirimos el inmueble estaba valorado en 100.000 euros, y ahora lo está en 150.000, estaremos ante un aumento de valor durante el tiempo que ha estado a su nombre de 50.000 euros (25.000 euros para cada uno de los titulares en caso de que sean dos). En esta situación, el vendedor tendría que tributar por el aumento de valor de sus 25.000 euros en la declaración de la renta.
Donación
Otra manera de sacar a un titular de una Escritura de la vivienda, es mediante donación. El titular que saldría de la Escritura, donaría la parte de su vivienda al otro (sin compensación económica). Esta transacción, estaría asociada a los siguientes gastos por parte del donatario.
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones: en Cataluña, este tributo oscila entre el 7% y el 32% del valor Escriturado de la propiedad
- Gastos de Notaría
- Registro de la Propiedad
- Plusvalía Municipal
Por su parte, el donante tendría que tributar por la ganancia patrimonial generada por la transmisión del inmueble, al igual que en el caso anterior.
Para saber lo que nos tocará pagar en concepto de Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la Agencia Tributaria de Cataluña ha elaborado una Guía práctica.
Guía Práctica Sucesiones Cataluña
Extinción de condominio
Se trata de la alternativa más empleada debido a que sus gastos son más económicos. La extinción del condominio se produce cuando existe una ruptura de la escritura de la vivienda y esta pasa a pertenecer a solo una de las partes. Es decir, una de las partes cede su parte del inmueble a la otra, pasando a convertirse en el único titular de la vivienda.
En estos casos, la persona que cede su parte del bien, recibe una compensación económica por parte del beneficiado. Esta compensación, es lo que diferenciaría a una extinción de condominio de una donación.
En una extinción del condominio, la persona que recibe la titularidad completa, tendría que hacer frente a los siguientes costes:
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
- Gastos de Notaría
- Registro de la Propiedad
- Ganancia patrimonial
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