El contrato de venta en exclusiva que las agencias inmobiliarias firman con los propietarios de inmuebles, ha existido siempre. Y aunque a priori es una opción poco apetecible para el propietario, en los últimos tiempos repuntan las agencias que utilizan este tipo de contrato.
Vamos a tratar de orientarte con el fin de que las agencias inmobiliarias con pocos escrúpulos no te den gato por liebre.
1. Un contrato en exclusiva merece servicios en exclusiva que deben de figurar por escrito en el documento que firmaras con el asesor inmobiliario. Si la agencia solo va a poner un cartel en tu inmueble, otro en su escaparate y anuncios en internet, no merece tu exclusiva, ya que estará haciendo lo mismo que puedes hacer tu y que además suele hacer con sus inmuebles sin exclusiva. Busca otra agencia que de servicios de calidad.
2. El servicio estrella de este tipo de contratos es la gestión de venta compartida de tu propiedad en una o varias bolsas de inmuebles de Asociaciones Inmobiliarias. Estas organizaciones han sido creadas por los profesionales del sector con el fin de dar la mayor difusión posible las propiedades que gestionan, ya que cualquier agencia de la asociación pueda aportar un comprador a un inmueble de otra agencia. Comprueba siempre que efectivamente se está compartiendo tu inmueble con otras agencias, es fácil gracias a internet. Entra en alguna de las webs de las agencias colaboradoras de tu inmobiliaria y verifica que tu propiedad se está publicado en ellas.
3. Firma un contrato por tiempo razonable en base a las estrategias del plan de marketing que tu agencia te debe presentar. Entre tres y seis meses es lo normal. Un año de contrato es una declaración por parte de la agencia de que no se ve capaz de vender tu propiedad a corto plazo, ya que tu precio es elevado o simplemente no hay servicios. Alargando el plazo del contrato la agencia espera que en ese tiempo ocurra alguna circunstancia entorno a ti que te obligue a bajar drásticamente el precio de venta.
4. Firmas un contrato, pero como propietario sigues teniendo el derecho de vender tu propiedad a quien quieras y cuando quieras. Por mucha indemnización que la agencia te pida, si deseas rescindir el contrato antes de la fecha de finalización, la agencia solo tendrá derecho a indemnización por el coste justificado de sus servicios. Ahora bien, si decides negociar a espaldas de la agencia con uno de los clientes presentados por esta, deberás abonarle íntegros los honorarios pactados.
5. Como en todos los ámbitos de la vida, hay agencias muy buenas, buenas, malas y muy malas. Antes de firmar un contrato de venta en exclusiva, sencillamente pide a tus conocidos que te recomienden una agencia o agente con el que hayan tenido una grata experiencia.
En resumidas cuentas, firmar un contrato en exclusiva compartida es sin duda la mejor opción para vender una propiedad, pero hazlo siempre con una agencia en quien confíes y que preste servicios excelentes que vayan detallados en el contrato. Si la agencia no cumple el contrato, rescíndelo y busca otra agencia mejor.
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