donar un piso en Barcelona

Cómo donar un piso en Barcelona de padres a hijos


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    Analizamos cómo donar un piso en Barcelona de padres a hijos, paso a paso: procedimiento, plazos, órganos intervinientes e impuestos atribuibles a cada sujeto de la operación.

    La donación de pisos es una alternativa frente a la herencia por la que muchos barceloneses optan a la hora de transmitir una vivienda a sus hijos. Esto se debe, a que esta técnica puede aportar ciertos beneficios fiscales respecto a la herencia.

    Para valorar qué opción es más atractiva económicamente hablando, habría que analizar las circunstancias personales que envuelven a cada donación o a cada herencia: si el beneficiario es menor de 35 años, si el propietario actual es mayor de 65, si la vivienda a transmitir se trata de la vivienda habitual…

    Si el procedimiento a la hora de heredar una vivienda lo abordamos en nuestra infografía ‘Heredar un piso en 5 pasos‘, a continuación nos centraremos en la alternativa de la donación para determinar cuál es el procedimiento a llevar a cabo si se opta por este camino.

    Heredar un piso en 5 pasos [Infografía]

    Donación, paso a paso

    Siguiendo las indicaciones de la Agencia Tributaria de Catalunya, tres son las gestiones que hay que llevar a cabo a la hora de donar un inmueble en Barcelona de padres a hijos.

    1. Otorgar una Escritura Pública de donación en una Notaría.

    2. Autoliquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones con el modelo 651.

    3. Inscribir la transmisión del inmueble en el Registro de la Propiedad.

    ¿Cómo calcular el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Barcelona?

    A la hora de calcular el Impuesto de Sucesiones en Barcelona, tendremos que acudir a la Generalitat de Catalunya. Hay que tener en cuenta que, pueden existir cargas, deudas y gastos deducibles sobre la base imponible, y que la cuota tributaria es susceptible de aplicar sobre ella una serie de bonificaciones.

    En nuestro artículo: ‘El impuesto de Sucesiones en Cataluña‘ explicamos cómo calcular este impuesto de manera detallada.

    ¿Dónde y cuándo pagar?

    El Impuesto de Donaciones y Sucesiones puede abonarse de manera presencial en cualquier financiera colaboradora con la función recaudatoria de la Generalitat de Catalunya o por vía telemática si la tramitación se realiza por Internet.

    En cuanto a los plazos disponibles, el donatario dispondrá de un mes a partir de la fecha del acto o del contrato. Si el plazo finaliza en sábado, se prolongará hasta el siguiente primer día hábil.

    Impuestos para el donante

    Al igual que ocurre con los impuestos asociados a la herencia, los donantes tampoco se librarán de su correspondiente parte de impuestos en el caso de las donaciones.

    • Plusvalía: grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
    • IRPF: si la vivienda heredada ha experimentado un incremento de valor con el paso de los años, el donante deberá declarar el aumento patrimonial en su declaración de la renta.