reducción vivienda habitual en sucesiones

Reducción vivienda habitual en el Impuesto de Sucesiones de Cataluña


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    A la hora de calcular lo que tendrás que abonar en concepto de Impuesto de Sucesiones en Cataluña, uno de los primeros cálculos que deberás hacer, será estimar el valor total de la herencia recibida. Esta cantidad, es lo que se denomina como Base Imponible y en ella se incluye toda la masa hereditaria recibida más los seguros de vida percibidos por el beneficiario.

    Sin embargo, a esta Base Imponible pueden aplicarse una serie de reducciones que hagan disminuir la cuota final resultante al heredar un piso. La Base Imponible menos las posibles reducciones a las que los beneficiarios puedan acceder, es lo que se conoce como Base Liquidable.

     

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    Dentro de las posibles reducciones, una de las más comunes es la reducción por vivienda habitual. Veamos cómo funciona este beneficio en la comunidad catalana.

    Reducciones por vivienda habitual en Cataluña

    Los sujetos que podrán acceder a la reducción por vivienda habitual en el Impuesto de Sucesiones de Cataluña, serán los siguientes:

    • Cónyuge o pareja estable
    • Ascendientes
    • Descendientes
    • Pariente colateral mayor de sesenta y cinco años que haya convivido con el causante un mínimo de dos años antes del fallecimiento.

    Los sujetos mencionados, podrán acceder a una reducción del 95% del valor de la vivienda habitual para el cálculo de la base imponible. Esta reducción, tendrá un límite de 500.000 euros para el valor del conjunto de la vivienda teniendo en cuenta que pueda ser prorrateado entre los distintos herederos. Como resultado del prorrateo, el límite individual que cada sujeto pasivo podrá reducirse será de 180.000 euros.

    Requisitos para acceder a la reducción

    Los beneficiarios de la reducción por vivienda habitual en el Impuesto de Sucesiones, tendrán la obligación de mantener la vivienda adquirida durante los 5 años siguientes a la muerte del causante (salvo que el beneficiario muera dentro de este plazo). Mientras que la normativa estatal establece un mínimo 10 años de mantenimiento, la Agencia Tributaria de Cataluña reduce esta cifra a 5.

    En caso de incumplimiento del plazo de mantenimiento, el beneficiario deberá liquidar la parte del impuesto que ha dejado de ingresar más los intereses de demora que se hayan devengado.

    La Agencia Tributaria de Cataluña, ha elaborado una guía práctica sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para poder profundizar más sobre el asunto que podréis descargar a continuación.

    Guía Impuesto Sucesiones Generalitat

    Concepto de vivienda habitual

    Se considerará como vivienda habitual a efectos de la reducción en el Impuesto de Sucesiones, aquella que se ajuste a lo establecido en la norma que regula el impuesto sobre la renta de las personas físicas:

    • Que la vivienda haya constituido la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos tres años.

    También podrá incluirse dentro de esta definición, un trastero y hasta dos plazas de aparcamiento si estos están situados en el mismo edificio o complejo urbanístico y a fecha de la muerte del causante se encontraban en su disposición sin hacer sido cedidos a un tercero.

    Inscripción en el Registro

    Recuerda que una vez hayas abonado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones correspondiente, el siguiente paso para poder disponer de la vivienda heredada libremente será inscribirla en el registro de la propiedad. Para ello, te facilitamos una infografía con la documentación necesaria que deberás presentar en el registro:

    Registrar piso heredado [Infografia]