Conoce las bonificaciones existentes en la Plusvalía Municipal de Madrid y los requisitos que deberás cumplir para acceder a ellas.
Cuando vendemos una vivienda, uno de los gastos a los que tendremos que hacer frente si hemos obtenido beneficio económico con nuestra transacción es la Plusvalía Municipal.
La Plusvalía Municipal es una tasa que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana durante el periodo de tiempo en que hayan estado en propiedad de sus dueños. Se trata de un impuesto Municipal, por lo que cada ayuntamiento establece sus propias tasas y bonificaciones para ver aminorada la cantidad a abonar a ciertos grupos de población.
Para calcular lo que tendrás que abonar en concepto de esta tasa, puedes descargar nuestra calculadora de Plusvalía Municipal.
Descargar calculadora Plusvalía Madrid
A continuación detallaremos las bonificaciones en la Plusvalía Municipal de Madrid y veremos los requisitos que hay que cumplir para acceder a ellas así como los grupos de población a las que se dirigen.
Bonificaciones en la Plusvalía de Madrid
Las bonificaciones en la Plusvalía Municipal de Madrid por muerte del causante podemos clasificarlas en dos grandes grupos, los fallecimientos producidos entre 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2019 y los producidos a partir del 1 de enero de 2020:
Bonificaciones en la Plusvalía de Madrid entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2019:
En este caso, se aplicarán las siguientes bonificaciones sobre la cuota en función de los siguientes tramos de valor catastral del suelo del inmueble tanto en viviendas como en locales de negocio:
Bonificaciones en la Plusvalía Municipal de Madrid a partir del 1 de enero de 2020:
Al igual que en el caso anterior, las bonificaciones sobre la cuota se aplicarán en función de los siguientes tramos de valor catastral del suelo del inmueble tanto en viviendas como en locales de negocio:
¿A quién va dirigido?
Los grupos de parentesco que podrán beneficiarse de la bonificación en la Plusvalía Municipal por herencia en Madrid son los siguientes:
- Ascendientes.
- Descendientes.
- Cónyuge.
- Conviviente inscrito/a en el Registro de Uniones de Hecho.
Requisitos
Para que los grupos de parentesco mencionados puedan beneficiarse de las deducciones en la Plusvalía de Madrid arriba expuestas deberán cumplir los siguientes requisitos:
Deducciones en la transmisión de una vivienda:
- Vivienda habitual de la persona causante.
- Si la vivienda habitual está constituida por dos o más inmuebles objeto de una agrupación de hecho, la bonificación se aplicará:
- En el inmueble en el que esté empadronada la persona causante.
- Si no figura empadronado, se bonifica el de mayor importe.
- Si el importe es igual, sobre uno de ellos.
Deducciones en la transmisión de un local de negocio:
- Local de negocios objeto de la actividad económica ejercida por la persona causante.
- La persona sucesora debe mantener la adquisición y ejercer la actividad económica durante al menos los cinco años siguientes, salvo fallecimiento dentro de ese plazo.
- Se excluyen de esta bonificación los bienes inmuebles de naturaleza urbana objeto de las actividades de alquiler y venta de dichos bienes.
Cómo calcular la Plusvalía en Madrid
Para calcular el impuesto de Plusvalía Municipal en Madrid el contribuyente puede elegir entre dos sistemas diferentes: Método Objetivo y Plusvalía Real. A continuación te explicamos cada uno de ellos:
- Método Objetivo: establece una serie de coeficientes de multiplicación a aplicar al valor catastral del suelo. Esta operación nos dará como resultado la Base Imponible del impuesto sobre la que aplicar el Tipo Impositivo que corresponda.
- Plusvalía Real: tiene en cuenta la ganancia patrimonial real experimentada por el contribuyente durante los años en los que ha estado en posesión de la vivienda, es decir, la subida o bajada del precio de la vivienda entre la adquisición y la transmisión. Esta ganancia patrimonial será tomada como Base Imponible del impuesto sobre la que aplicar el Tipo Impositivo que corresponda.
El Tipo Impositivo en Madrid en la Plusvalía Municipal siempre es del 29%, por lo que será este el porcentaje que debas aplicar a todas tus operaciones.
Por otro lado, el Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre aprobado por el Consejo de Ministros dictamina que solo las transmisiones en las que se haya producido una ganancia patrimonial real estarán sujetas al pago del impuesto.
Para terminar, tienes que tener en cuenta que con la nueva normativa si que estarán sujetas de tributación las plusvalías producidas en menos de un año.
*En nuestro artículo Cómo calcular la Plusvalía Municipal en Madrid te explicamos paso a paso como realizar este cálculo de manera manual, no obstante, también puedes descargarte nuestra Calculadora de Plusvalía Municipal en Madrid para realizar el cálculo de manera automática.
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*Contenido elaborado en base a la normativa vigente a fecha de publicación del artículo. El contenido puede no estar lo suficientemente actualizado si el reglamento sobre el que se sustenta ha sufrido modificaciones tras la fecha de publicación. Para una información más precisa, contactar con el equipo de Vivendex en el 930 18 52 44.