requisitos cédula habitabilidad Barcelona

¿Cuáles son los requisitos para la cédula de habitabilidad?


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    A la hora de vender, en algunas comunidades autónomas es imprescindible tener la Cedula de habitabilidad, un documento que garantiza que tu inmueble cumple con los mínimos exigidos para ser habitable en cuanto a: salubridad, higiene y solidez de la estructura. Pero, ¿Cuáles son los requisitos para la cédula de habitabilidad?

    Requisitos para la Cédula de Habitabilidad en Cataluña

    1 Habitabilidad y ocupación:

    -La vivienda debe tener como mínimo una superficie útil de 36 m2.

    – Debe tener una sala de estar comedor, una cámara higiénica y un equipo de cocina.

    – Si la sala de estar es un espacio único, deberá permitir la compartimentación de una habitación de 8 m2.

    2 Sostenibilidad y ahorro energético:

    – La vivienda deberá cumplir la normativa vigente de eficiencia energética.

    3 Compartimentación:

    – La compartimentación de la vivienda es libre, con la única limitación de que las habitaciones se puedan independizar y que las cámaras higiénicas sean independientes.

    – Ningún espacio de la vivienda se puede hacer servir de acceso obligatorio a un local que no sea de uso exclusivo de la misma vivienda.

    – Las cámaras higiénicas no pueden servir de acceso obligatorio al resto de habitaciones de la vivienda.

    4 Accesibilidad:

    – La vivienda tiene que ser como mínimo practicable, y en casa de tener dos o más pisos o niveles debe tener practicable el acceso a la cámara higiénica, la cocina, el espacio de uso común y una habitación.

    – Las puertas de acceso a los espacios internos deben tener una anchura mínima de 0,70 m y una altura mínima de 2 m.

    – La anchura mínima de las escaleras interiores de la vivienda será de 0,90 m y deberán disponer de baranda de 0,90 m de altura mínima.

    5 Altura mínima habitable:

    – La altura mínima entre el pavimento y el techo será de 2,50 m. en el caso de cámaras higiénicas, cocinas y espacios de circulación la altura no puede ser inferior a 2,20 m.

    6 Fachada mínima:

    – La vivienda debe disponer de una fachada abierta al espacio exterior del edificio que ofrezca iluminación y ventilación.

    7 Espacios de uso común:

    – La superficie mínima del conjunto de espacios que forman la zona de uso común: sala de estar, cocina y comedor; ha de ser superior a 20 m2.

    8 Habitaciones:

    -La habitación mínima será de 6 m2.

    9 Ventilación e iluminación natural:

    – Los espacios de uso común y las habitaciones deberán tener ventilación e iluminación natural directa del exterior a través de aperturas de una superficie mínima de 1/8 de su superficie útil.

    10 Espacios para el almacenamiento:

    – Las habitaciones deben tener un espacio mínimo destinado al almacenamiento que deberá estar estipulado en el plano con una profundidad mínima de 0,60 m, 2,20 m de altura y una longitud de 1 m.

    11 Cámaras higiénicas:

    – Si la vivienda tiene hasta 3 habitaciones deberá tener como mínimo: un váter, un lavamanos y un plato de ducha/bañera.

    – Si la vivienda tiene 4 o más habitaciones deberá tener como mínimo: 2 váteres y 2 lavamanos y 1 plato de ducha o bañera.

    12 Tendedero:

    – La vivienda deberá disponer de una solución para tender la ropa, excepto en caso de imposibilidad derivada de la normativa o ordenanzas municipales.

    – Este espacio dispondrá de ventilación permanente i estará a resguardo de las vistas desde el espacio público.

    13 Espacios intermedios con el exterior:

    – Si los espacios intermedios con el exterior son cerrados, deberán disponer de una superficie vidriada

    14 Dotación/equipo:

    La vivienda deberá disponer de:

    – Servicio de agua fría y caliente, evacuación de aguas y electricidad.

    – Un equipo higiénico formado como mínimo por un lavamanos, un váter y una ducha.

    – Un equipo de cocina formado como mínimo por: un desagüe, un aparato de cocción y un sistema de extracción de humos.

    – Un equipo de limpieza de ropa.

    – Un sistema electrónico que facilite la apertura de la puerta del edificio.

    – Un sistema de acceso a los servicios de telecomunicaciones.

    15 Elementos de protección de la vivienda

    – Los desniveles superiores a 0,55 m deben estar protegidos por elementos protectores o barandas resistentes a los golpes.

     

    * Contenido elaborado en base a la normativa vigente a fecha de publicación del artículo. El contenido puede no estar lo suficientemente actualizado si el reglamento sobre el que se sustenta ha sufrido modificaciones tras la fecha de publicación. Para una información más precisa, contactar con el equipo de Vivendex en el 93 418 49 48.

    5-enero-2018 |